Ante las distintas consultas recibidas en el Ayuntamiento en las últimas horas como consecuencia de la aprobación por parte del Gobierno Vasco de la Orden de 14 de marzo de 2020 de la Consejera de Salud, como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus, así como del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo aprobado por el Gobierno Central por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, mediante la presente el Ayuntamiento de Urretxu pretende aclarar a los y las Urretxuarras las actividades a las que les estará permitido abrir sus puertas desde la entrada en vigor de la citada Orden y Real Decreto, hoy 15 de marzo:
- ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MINORISTAS DE ALIMENTACIÓN, BEBIDAS, PRODUCTOS Y BIENES DE PRIMERA NECESIDAD.
- ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS Y MÉDICOS.
- ÓPTICAS Y PRODUCTOS ORTOPÉDICOS.
- PRODUCTOS HIGIÉNICOS (DROGUERÍAS).
- PRENSA Y PAPELERÍA.
- COMBUSTIBLE PARA LA AUTOMOCIÓN.
- EQUIPOS TECNOLÓGICOS Y DE TELECOMUNICACIONES.
- ALIMENTOS PARA ANIMALES DE COMPAÑÍA.
- COMERCIO POR INTERNET, TELEFÓNICO O CORRESPONDENCIA.
- TINTORERÍAS Y LAVANDERÍAS.
- ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA, ÚNICAMENTE, LOS QUE OFREZCAN SERVICIO A DOMICILIO.
Para obtener más información sobre la relación de equipamientos y actividades cuya apertura al público ha quedado suspendida, deberá consultarse la Orden de 14 de marzo de 2020 de la Consejera de Salud del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2020/03/2001577a.pdf) y el anexo del Real Decreto463/2020 de 14 de marzo (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/14/pdfs/BOE-A-2020-3692.pdf).
Para finalizar, el Ayuntamiento sigue apelando al sentido común y a la responsabilidad de la ciudadanía, solicitando que no acuda a lugares donde pueda concentrarse la gente, y que respete la distancia de seguridad de un metro y medio en todos los casos.