El Ayuntamiento de Urretxu ha enviado hoy el documento que recoge las alegaciones al proyecto de parque eólico de Trekutz, un documento de 90 páginas que se ha elaborado durante las últimas semanas y que ha hecho llegar hoy mismo a la Delegación Territorial de Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
El citado documento, que se ha realizado con la asesoría de la empresa INGEOTYC, S.L., experta en estos temas, recoge trece alegaciones de muy distinta índole.
Las primeras hacen referencia a errores que se cree se han podido cometer en la solicitud de la autorización administrativa para el desarrollo del parque eólico, tales como errores en la documentación presentada, la falta de ciertos informes y mediciones que resultan imprescindibles para el trámite, según indica la ley, tales como las mediciones en el propio emplazamiento y/o métodos de correlación. Se indica además que el Estudio de Impacto Ambiental del parque presenta diversas carencias que se detallan en el informe de alegaciones.
Al no contar con las citadas mediciones, se desconoce si existe suficiente recurso eólico en el lugar donde se pretende instalar el parque, ya que no se ha instalado previamente una torre meteorológica que registre mediciones de velocidades del viento en el propio emplazamiento, ni se aportan datos históricos ni modelos fiables o métodos de correlación que justifiquen técnicamente el recurso eólico.
El Ayuntamiento de Urretxu entiende, además, que el parque eólico propuesto en Trekutz no tiene encaje en la Estrategia de Sostenibilidad Energética Gipuzkoa 2050 elaborada por el Dpto. de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas de la Diputación Foral de Gipuzkoa para el desarrollo de la Estrategia Guipuzcoana de Lucha Contra el Cambio Climático 2050 - Gipuzkoa Klima 2050, ya que éste sólo contempla miniparques de menos de 1 MW de potencia para autoconsumo y, explícitamente, descarta la instalación de parques macroeólicos de producción de electricidad a gran escala para su distribución general. En el caso de Trekutz hablamos de 10MW.
No solo eso, pues las instalaciones del parque eólico tienen un alcance supramunicipal y por tanto, tal y como se refleja en el documento de alegaciones, entendemos que su autorización debería tramitarse en el ámbito de la Planificación Territorial Sectorial.
TREKUTZ Y BURUZAI
El documento de alegaciones también recoge que las solicitudes de autorización administrativa de los parques eólicos Trekutz (Antzuola-Urretxu) y Buruzai (Ezkio-Azpeitia-Azkoitia-Zumarraga) pueden considerarse una fragmentación artificial de un proyecto, algo que puede suponer un fraude de ley. Además, tal y como se indica por la Dirección General de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Gipuzkoa, las alegaciones presentadas inciden en que es preferible que se realice un estudio de impacto ambiental del proyecto conjunto de los dos parques.
ÁREA PROTEGIDA
El documento de alegaciones también contiene que el emplazamiento propuesto para el proyecto de parque eólico Trekutz se localiza en un cordal montañoso con alta visibilidad desde amplias áreas del entorno con una pérdida significativa de la calidad paisajística.
Además, las alegaciones también señalan que en ese mismo lugar en el Plan Territorial Parcial de Beasain-Zumarraga se contempla un Área de Esparcimiento y Recreo, y que en el PTP de Mondragón-Bergara también se propone esa zona como posible ampliación del Área de interés naturalístico Irukurutzeta-Sorus-Itxumendi-Gorla-Trekutz, por sus especiales valores naturalísticos y paisajísticos a conservar y proteger.
Las alegaciones igualmente indican que la construcción del parque afectaría, además, a las especies catalogadas de avifauna y quirópteros (murciélagos) de ese ámbito, a las captaciones de abastecimiento público de Iturrondi, el parque periurbano de Santa Barbara- Ipeñarrieta y un número importante de paisajes catalogados que se sitúan en un radio de 10 km de la zona en la que se pretende acometer la obra.
Haciendo igualmente alusión las alegaciones presentadas que, según el Plan de Ordenación Urbana de Urretxu, los aerogeneradores del proyecto de parque de Trekutz se localizan sobre unidades de ordenación del suelo no urbanizable que se corresponden con una Zona Rural de Protección Especial y Área de Protección del Paisaje, lo que hace que la infraestructura propuesta sea incompatible con el planeamiento municipal.
En conclusión, en opinión del Ayuntamiento, el parque eólico Trekutz no debería continuar su tramitación ya que no se ha presentado el Proyecto ni la Justificación técnica del recurso eólico con mediciones de viento en el emplazamiento que se requieren en el artículo 7 del Decreto 115/2002, el Estudio de Impacto Ambiental presentado no cumple con los contenidos mínimos requeridos en el documento de alcance para su evaluación ambiental, el parque eólico (10 MW) no tiene encaje en la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa y presenta diversas incongruencias respecto al planeamiento e incompatibilidades respecto a la preservación del patrimonio natural y sociocultural. Por todo ello, el Ayuntamiento de Urretxu solicita la paralización de la tramitación del parque eólico Trekutz.